IRECA

Servicio CRC
(CENTRO DE RECONOCIMIENTO DE CONDUCTORES).

Servicio CRC

El Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) del Instituto de rehabilitación del Caribe somos una institución que cuenta con la regulación…

LICENCIA DE CONDUCCIÓN

La licencia de Conducción es el documento público de carácter personal e intransferible expedido por autoridad competente, en el cual autoriza a una persona….

TARIFAS

Examen de aptitud física, mental y coordinación motriz / RUNT, Recaudo SICOV, RECAUDO Aliado, ANSV…

REQUISITOS PARA SOLICITAR LA CERTIFICACIÓN

Haber solicitado cita y validar el pago del servicio en el caso que aplique;
Diligenciar los datos personales….

Examen médico para la licencia de
conducción

Los exámenes médicos para la licencia de Conducción, expedir la licencia de conducir por primera vez, refrendar y re categorizar, son evaluaciones Psicosensométrica

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Prestación de Servicios de CRC

El Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) del Instituto de rehabilitación del Caribe somos una institución que cuenta con la regulación y la autorización del estado de Colombia, y no encargamos de emitir certificado de aptitud Física, mental y coordinación Motriz. Contamos con diferentes profesionales altamente calificados para la evaluación de los aspirantes de su licencia de conducción.

01

Horario de Atención:

El horario de atención de nuestra institución es:

Lunes a viernes de 07:00 am 12:00 m y de 02:00 pm a 05:00 pm
Sábados: 07:00 am a 12:00 m

Derechos de los aspirantes

  • Tener acceso a los servicios de certificación, siempre y cuando cumpla los requisitos de certificación, de manera oportuna;
  • Ser evaluado de forma equitativa e imparcial;
  • Que se le mantenga toda la información obtenida en el proceso de certificación de manera confidencial, a menos que la ley lo requiera;
  • Que se tome la decisión de certificación de acuerdo con los criterios de certificación específicos en el esquema de certificación pertinente, de acuerdo con el alcance solicitado;
  • Acceder a mecanismos de interposición de quejas y apelaciones, en caso de que tener alguna inconformidad con el servicio prestado (queja), o directamente con la decisión de certificación (apelación);
  • Para el alcance de conductores en caso de aprobar la certificación, obtener un certificado físico y que se le reporte

Deberes de las personas certificadas

Las personas certificadas deben cumplir las siguientes políticas de uso de certificado:

  • Presentar la certificación sólo para trámites relacionados con el alcance solicitado y certificado;
  • No utilizar la certificación de modo que desprestigie a la organización, y no hacer ninguna declaración relativa a la certificación que se pueda considerar engañosa o no autorizada;
  • No divulgar información confidencial del proceso de evaluación, ni tomar prácticas fraudulentas al momento de la realización del examen, Informar al organismo cualquier cambio en el estado de certificación que pueda afectar la capacidad física, mental y de coordinación motriz, dentro de la vigencia del certificado;
  • Si la organización evidencia mal uso del certificado podrá emprender las acciones legales pertinentes, suspendiendo o retirando la certificación, para lo cual la persona no podrá continuar utilizando el certificado, ni hacer referencia alguna a la organización, y deberá devolver el certificado que le fue entregado ya que la organización es el único propietario de los certificados emitidos;
  • Aceptar las presentes políticas de uso, a través de la firma del formulario de solicitud.
  • la información al organismo regulador correspondiente, con una fecha de vigencia de ciento ochenta (180) días.

02

Atención preferencial:

Nota: Las personas con discapacidad auditiva deben contar con intérprete en lenguaje de señas colombiano asignado por el organismo, por lo cual la atención de éstos se realizará por cita

El horario de atención de nuestra institución es:

1. Se consideran personas preferenciales aquellas que reúnen como mínimo una de las siguientes características:

  • Adulto mayor (personas mayores de 62 años);
  • Personas con discapacidad física;
  • Mujeres embarazadas
  • Conductores de servicio público carnetizados

2. Las personas preferenciales que ya hayan pedido previamente citas, serán registradas de manera inmediata al Sistema de información sin importar la hora de la cita

3. Las personas preferenciales que no hayan solicitado la cita, la recepcionista verificará la disponibilidad de citas del día y de acuerdo con la cantidad de personas preferenciales propenderá por la atención inmediata, o la asignación de una cita en la fecha más cercana. (Esto debido a la capacidad máxima de atención diaria del CRC).

4. De acuerdo con lo establecido en el Artículo 23° de la Resolución 217/14, las personas que presenten algún tipo de discapacidad deberán demostrar que se encuentra capacitado para conducir con dicha discapacidad. La forma de demostrar su capacitación es presentar un Certificado de Adaptación y adiestramiento de vehículo otorgado por un Centro de Enseñanza Automovilística. El candidato deberá realizar las evaluaciones con los instrumentos ortopédicos o ayudas mecánicas necesarias, y se dejará registro del uso de estas en el Certificado de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz en caso de aprobar el proceso de certificación.

5. En caso de que la persona en condición de discapacidad requiera asistencia para acceder a las instalaciones del organismo, se suministrará la asistencia necesaria a través de personal disponible para garantizar su movilización dentro de las instalaciones del organismo.

    1.  

Prestación de Servicios de CRC

El Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) del Instituto de rehabilitación del Caribe somos una institución que cuenta con la regulación y la autorización del estado de Colombia, y no encargamos de emitir certificado de aptitud Física, mental y coordinación Motriz. Contamos con diferentes profesionales altamente calificados para la evaluación de los aspirantes de su licencia de conducción.

01

LICENCIA DE CONDUCCIÓN

La licencia de Conducción es el documento público de carácter personal e intransferible expedido por autoridad competente, en el cual autoriza a una persona para la conducción de vehículos con validez en todo el territorio nacional.

Preguntas más frecuentes sobre la Licencias de conducción

El Ministerio de Transporte delegó en los Organismos de Tránsito Departamental, Distrital o Municipal, la competencia para adquirir, elaborar, expedir y controlar las licencias de conducción.

Para vehículos particulares:
1.
Saber leer y escribir.
2. Tener 16 años cumplidos.
3. Aprobar un examen teórico-práctico o llevar un certificado de aptitudes en conducción otorgada por un centro de enseñanza automovilística aprobada por el Ministerio de Transporte.
4. Certificado de actitud física, mental y coordinación motriz para conducir otorgado por un centro de reconocimiento para conductores (CRC). Este examen incluye pruebas para demostrar la agudeza y campo visual, capacidades de visión y orientación auditiva, tiempos de reacción y recuperación al encandilamiento, capacidad de coordinación entre la aceleración y el frenado, la coordinación integral motriz del conductor y la discriminación de colores. El costo de este examen varía según la ciudad donde se practique.

Para vehículos de servicio público:
Los mismos requisitos enumerados anteriormente, a excepción de la edad mínima que será de 18 años cumplidos y de los exámenes teórico-prácticos, de aptitud física y mental o los certificados de conducción expedidos, que estarán referidos a la conducción del vehículo de servicio público.

Toda persona está en capacidad de sacar una licencia siempre y cuando demuestre que tiene las capacidades físicas, mentales y motrices para hacerlo. Una persona con limitaciones físicas podrá conducir un automóvil si demuestra que es capaz de hacerlo por medio del examen teórico- práctico impartido por las escuelas de conducción. Además, será necesario que el auto que maneje tenga las adecuaciones necesarias para que la persona pueda conducir (ejemplo: caja de cambios automática y accesorios especiales para llevar a cabo una conducción segura. Todo depende de la discapacidad presente).

Las Licencias de Conducción pueden ser para vehículos automotores destinados al servicio particular. (Incluyen los vehículos de servicio oficial, diplomático, consular y de misiones especiales) o para vehículos automotores destinados al servicio público.

Alcance

Categoría

Tipo de Vehículo

GRUPO 1

A1

Motocicletas hasta de 125 c.c. de cilindrada.

A2

Motocicletas, motociclos y mototriciclos de más de 125 c.c. de cilindrada.

B1

Automóviles, motocarros, cuatrimotos, camperos, camionetas y microbuses de servicio particular.

GRUPO 2

B2

Camiones rígidos, busetas y buses para servicio particular

B3

Vehículos articulados de servicio particular

C1

Automóviles, camperos, camionetas y microbuses para el servicio público.

C2

Camiones rígidos, busetas y buses para servicio público

C3

Vehículos articulados de servicio público

Si un conductor autorizado para manejar un vehículo de servicio particular es sorprendido conduciendo un vehículo de transporte público puede ser severamente castigado por las autoridades de tránsito con multa equivalente a 30 SMMLV e inmovilización del automotor, toda vez que éste no tiene el permiso para conducir dicho tipo de vehículos. En sentido contrario, una persona con licencia para conducir un vehículo de transporte público podrá conducir sin problemas cualquier vehículo particular, lo anterior obedece a que, dentro de una misma nomenclatura, el titular de la Licencia de Conducción de mayor categoría podrá conducir vehículos de categoría inferior.

Renovar Licencia Conducir Cuando llegue a la mayoría de edad, el conductor debe realizar de nuevo el trámite de la licencia, para levantar las restricciones que tienen las licencias de los menores de edad, no podrán manejar por carretera o conducir un vehículo después de las 11 de la noche.

Cuando se conduce sin licencia o con ella vencida, la multa es de 8 salarios mínimos diarios legales vigentes y la inmovilización del vehículo.

1. Por la imposibilidad permanente física o mental para conducir, soportado en un certificado médico.

2. Por decisión judicial.

3. Por encontrarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas.

4. Por reincidir en la violación de las normas de tránsito en un período no superior a un año. En este caso la suspensión de la licencia será por seis meses.

5. Por prestar el servicio público de transporte con vehículos particulares, salvo cuando ocurra alguna alteración en el orden público en cualquier ciudad del país y cuando las autoridades lo permitan.

1. Una licencia se cancelará por las siguientes razones:

2. Por la imposibilidad permanente física o mental para conducir, soportado en un certificado médico.

3. Por decisión judicial.

4. Por muerte del titular.

5. Cuando el conductor reincida al conducir en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas.

6. Por reincidir en la prestación del servicio de transporte de pasajeros en un vehículo de transporte particular sin justa causa.

1. Estar inscrito en el RUNT o inscribirse.

2. Copia de la cédula y original o denuncio por perdida.

3. Copia de la licencia de conducción y original o denuncio por pedida.

4. Certificados de enseñanza automovilística y aptitud física, mental y coordinación motriz, deben estar cargados en el RUNT.

5. Paz y salvo por infracciones de tránsito en el SIMIT.

6. Cancelar los Derechos

Refrendar es volver a expedir la licencia cuando ésta se encuentre en mal estado o cuando se venza. Recategorizar es cambiar la categoría misma de la licencia: de A1 a A3, de B2 a B3, etc.

Sí. Pero sólo temporalmente. Después de un año de estadía, se debe tramitar la licencia de conducción en el país donde se encuentra. En destinos como Estados Unidos, Francia, Canadá, España, Alemania y Reino Unido, la licencia colombiana de tránsito funciona para manejar un carro por el tiempo que dure la permanencia en el destino si no excede, para el caso de los turistas, un plazo mayor a 90 días.

Sí, siempre que se encuentren vigentes y que sean utilizadas por turistas o personas en tránsito en el territorio nacional durante la permanencia autorizada a su titular conforme las disposiciones internacionales sobre la materia.

Pago de derechos se realizarán de cuerdo al trámite, el cual puede ser Expedición de licencia de conducción, Refrendación de licencia de conducción, Re categorización de licencia de conducción, Re categorización de licencia de conducción del respectivo trámite se realiza en las oficinas de la Secretaría de Movilidad.

Prestación de Servicios de CRC

El Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) del Instituto de rehabilitación del Caribe somos una institución que cuenta con la regulación y la autorización del estado de Colombia, y no encargamos de emitir certificado de aptitud Física, mental y coordinación Motriz. Contamos con diferentes profesionales altamente calificados para la evaluación de los aspirantes de su licencia de conducción.

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Tarifas

Nota: A partir de la presente publicación no se reciben recaudos por el canal de compra “PIN Directo”. El usuario podrá realizar sus pagos a través del sistema PSE desde cualquier banca virtual en la página https://centro.milicencia.co
Circular 090 de la Superintendencia de Puertos y Transporte
NO SE RECIBEN PAGOS EN EFECTIVO

Tabla de Tarifas

Concepto

Tarifa Servicio

Tarifa Combo

Examen de aptitud física, mental y coordinación motriz / RUNT

$     141.656

$     212.484

Recaudo SICOV

$       36.449

$       36.449

RECAUDO Aliado Recaudo

$          8.199

$         8.199

ANSV

Ver Tabla

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Total Servicio + ANSV

186.304 + ANSV

257.132+ ANSV

02

Tasa ANSV para CRC

 
Rango De EdadA1 – A2B1C1B2 – C2B3 – C3
 HombreMujeresHombreMujeresHombreMujeresHombreMujeresHombreMujeres
16-25 $    7.300 $    7.000 $    7.300 $    7.000 $    7.200 $    6.900 $    7.400 $    7.200 $    7.200 $    7.000
26-25 $    7.500 $    7.400 $    7.500 $    7.400 $    7.400 $    7.200 $    7.700 $    7.600 $    7.500 $    7.300
36-50 $    7.700 $    7.600 $    7.700 $    7.600 $    7.600 $    7.500 $    7.900 $    7.900 $    7.600 $    7.600
51-65 $    7.400 $    7.300 $    7.400 $    7.300 $    7.400 $    7.200 $    7.600 $    7.500 $    7.400 $    7.200
66-80 $    7.200 $    6.900 $    7.200 $    6.900 $    7.100 $    6.800 $    7.300 $    7.100 $    7.100 $    6.800
80+ $    7.100 $    7.100 $    7.100 $    6.800 $    7.000 $    6.700 $    7.200 $    7.000 $    7.000 $    6.800

Prestación de Servicios de CRC

El Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) del Instituto de rehabilitación del Caribe somos una institución que cuenta con la regulación y la autorización del estado de Colombia, y no encargamos de emitir certificado de aptitud Física, mental y coordinación Motriz. Contamos con diferentes profesionales altamente calificados para la evaluación de los aspirantes de su licencia de conducción.

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Pre - Requisitos para solicitar la certificación

Nota 1: Para el caso de solicitantes menores de edad deben venir con adulto responsable.

Nota 2: Para el caso de personas con discapacidad auditiva se debe contar con participación de intérprete suministrado por el organismo, por lo cual se debe agendar cita para contar con la participación de éste.

Requisitos:

  • Haber solicitado cita y validar el pago del servicio en el caso que aplique;
  • Diligenciar los datos personales en el formato de registro dispuesto por el organismo de certificación;
  • Leer y aceptar los Requisitos de Certificación, expuestos en el presente documento;
  • Firmar el formulario de Solicitud de Certificación en Recepción como aceptación de los requisitos establecidos;
  • Presentar el documento de identidad original que tenga código de barras;
  • Estar registrado en el RUNT

02

Requisitos para la certificación

Nota 3: Para el caso de personas con discapacidad auditiva se debe contar con participación de intérprete suministrado por el organismo, por lo cual se debe agendar cita para contar con la participación de éste.

Requisitos:

  • Contar con la disposición necesaria para presentar la evaluación, tal como disponibilidad de tiempo, y presentarse con los elementos que garanticen su mejor disposición, en caso de utilizarlos (lentes, audífonos, aparatos ortopédicos, entre otros);
  • Permitir la captura de fotografía y huellas digitales;
  • Suministrar la información sin desfigurar la verdad.
  • Nota, en caso de falsedad de información el candidato asume las consecuencias legales que esto implique conforme a la legislación relacionada;
  • Realizar todos los exámenes adicionales requeridos por el organismo de certificación, de acuerdo con las indicaciones dadas por éste;
  • Finalizar todo el proceso de certificación;
  • Aprobar los requisitos de certificación, de acuerdo con el alcance solicitado.

Prestación de Servicios de CRC

El Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) del Instituto de rehabilitación del Caribe somos una institución que cuenta con la regulación y la autorización del estado de Colombia, y no encargamos de emitir certificado de aptitud Física, mental y coordinación Motriz. Contamos con diferentes profesionales altamente calificados para la evaluación de los aspirantes de su licencia de conducción.

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Examen médico para la licencia de conducción

Los exámenes médicos para la licencia de Conducción, expedir la licencia de conducir por primera vez, refrendar y re categorizar, son evaluaciones Psicosensométrica consiste en la realización de cuatro exámenes médicos para conductores los cuales son: Visiometría, Audiometría, Psicología y Medicina General. Examen Psicológico: Consta de cinco pruebas psicomotrices y un examen de personalidad.

Examen:

Visual: Se evalúan las aptitudes visuales de la persona tanto para vision cercana como lejana. Debe asistir con lentes (gafas) si las utiliza para leer o conducir.
Auditivo: Realiza una audiometría general para evaluar la audición de la persona. Si utiliza prótesis (audífono) debe llevarla.
Médico: El médico realiza una valoración general de la salud de la persona. Los exámenes médicos para la Licencia de Conducir Son realizados en Centros autorizados por el Ministerio de Transporte para expedir Certificados de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz para conductores que tramitan su licencia de conducción, exigida por la ley 769 de 2003 y Resolución 12336 de Mintransporte

02

Lo que debes hacer antes de realizarte los exámenes

Inscripción en el RUNT

  • Para realizarte los exámenes médicos para licencia de conducir debes contar con la inscripción en el RUNT, puedes verificar si tu inscripción está vigente utilizando el siguiente botón.

Multas y sanciones de Transito

  • No debes tener ninguna multa vigente, puedes consultar con tu cedula en la página del SIMIT para comprobar que no tengas ninguna multa o comparendo, de esta manera podrás continuar con la renovación de la licencia.

Consulta el costo de tu examen medico

  • Luego de cumplir con los requisitos anteriores ya puedes realizar tu examen médico para expedición o renovación de conducir para esto cotiza el costo de tu examen usando el siguiente botón.

03

El Examen Médico para Licencia de Conducir es Exigido para los siguientes Procesos

Licencia por Primera vez

Cuando se solicita la licencia de conducción por primera vez se debe realizar el examen psicosensométrico para validar y otorgar el certificado médico de la capacidad física, psicológica y motriz del conductor

Refrendación de Licencia de Conducir

Cuando la licencia de conducción se expira, se realiza el examen psicosensométrico para certificar que se encuentra en condiciones aptas para continuar con la licencia de conducción expirada

Recategorización de Licencia de Conducir

Se realiza cuando se desea cambiar la categoría actual de la licencia, el examen psicosensométrico certifica la aptitud del conductor para manejar el vehículo al cual se hace referencia en la categoría que desea